Los padres que asistimos el domingo a la mañana a la reunión convocada por el Centro de Estudiantes del Nacional Buenos Aires adherimos a los conceptos que expresa la carta que el papá de Violeta Llonto envió a la rectora del Colegio Nacional de Buenos Aires.En caso de adherir ustedes también, por favor, háganla circular.
A la Rectora del CNBA.-
Soy padre de una alumna de 1ero 12, Violeta Llonto, sancionada sin permitirle el ejercicio del derecho de Defensa y sin que hasta el momento se me haya citado para notificarme de que se acusa a mi hija y cuál es la supuesta falta cometida por ella.-
He seguido atentamente cada acción tomada por la Rectora y por las autoridades del Colegio, observando que no han dado un solo paso dentro de la legalidad y que no han cumplido con uno solo de los más elementales derechos que protegen a los niños de las injusticias.
Lo más preocupante además es la falsedad de los hechos volcada en comunicados a los padres que, a espaldas de los padres, son distribuidos a la prensa hasta lograr el "amarillo" objetivo de que la prensa amarilla hable y escriba sobre sanciones a "alumnos que se ratearon" y que ejercen "violencia sobre las instalaciones del edificio".
Es bueno que sepamos diez asuntos, que de haber convocado (las autoridades del Colegio) a todos los padres, a examinar la verdad de los hechos, hoy hubiesen resuelto el conflicto desatado desde el 16 de setiembre.
1.- La alumna Violeta Llonto, y decenas de alumnos portaban el 16 de setiembre una autorización firmada por el padre para salir del Colegio y asistir a la marcha por La Noche de los Lápices.-
El comunicado de la Rectora dice
"Aquellos alumnos que, habiendo dado el presente, se retiraron a la marcha sin autorización de sus padres y no volvieron a clase, recibieron sanciones."
2.- A la alumna Violeta - que tenía autorización del padre y que - además - volvió a clase - no se le permitió ejercer el derecho del artículo 13 del Reglamento (un día hábil para efectuar descargos) sino que se le dijo "firmá, firmá" cuando se le entregó el papel de notificación de la falta.
Ello le impidió, a ella y a otros alumnos, el constitucional derecho de consultar un abogado, consultar a sus padres y ofrecer pruebas.-
3.- Por ejemplo: hubiese podido probar que el regreso de los alumnos, después de concurrir a la marcha, se hizo sin violencia.
Hubiese podido probar que contaba con autorización paterna para retirarse a la marcha y que además, su padre había firmado a comienzos de año "la autorización general" para retirarse antes del Colegio, ante situaciones como "ausencia de profesores" etc.
4.- Al regreso de la marcha, los alumnos se encontraron con la puerta cerrada y la orden de no dejarlos ingresar. Vale recordar que desde el inicio de las clases 2009 los alumnos del turno vespertino fueron autorizados a concurrir a marchas y movilizaciones, por ejemplo, en defensa del Campo de Deportes, y en todas ellas luego regresaron al Colegio.
5.- El anuncio de que se aplicarían sanciones a los alumnos que fueron a la marcha fue efectuado el mismo día 16 de setiembre. Es decir, sin escuchar el descargo de los alumnos, los preceptores estaban diciendo que "los que fueron a la marcha y regresaron después de las 19.30 serán sancionados".-
6.- El trato desigual a los alumnos que sí fueron a la marcha y no fueron penados con 10 sanciones, expone claramente la arbitrariedad de la sanción.- (Hay alumnos con media falta, falta completa y 5 sanciones).-
7.- Todo niño tiene derecho al ejercicio de su defensa, a ser escuchado, a ofrecer pruebas, a responder la acusación. Lo marca nuestra Constitución (art. 18) y la Convención por los derechos del Niño (art. 40) . Jamás se les permitió ejercerlos con el plazo debido (un día hábil según el Reglamento), jamás se los convocó a ofrecer pruebas, a designar un abogado o a venir consu padre, ni a ellos ni a sus padres y, como reconoce la misma Rectora en su primer comunciado, la decisión ya estaba tomada antes de que se reuniera el Consejo de Convivencia.
8.-Para tomar una sanción, los parámetros legales obligan a tener en cuenta:
a.- Contextualidad del hecho. Iban a La Marcha de la Noche de los Lápices, y no a jugar al billar. El argumento de "no perder clases" se cae a pedazos cuando repasamos lo ocurrido este año cuando el Colegio Nacional Buenos Aires decidió, a diferencia de las escuelas secundarias de Buenos Aires, no dar clases el día de la muerte de Raúl Alfonsín sólo porque "algunas autoridades" de la UBA pertenecen al mismo partido en que militaba Alfonsín.
b.- Ecuanimidad de la sanción: 10 sanciones por ir a La Marcha de los Lápices, disfrazando la pena por la de "sancionar al alumno por salir del colegio sin permiso después de dar el presente" es una exageración.
c.- Posibilidad de arrepentimiento.
d.- Caracter educativo de la pena, y no carácter revanchista de la misma.
e.- Antecedentes de los alumnos.
9.- El tono y el mensaje de los comunicados a los padres pretende mostrar a los estudiantes como unos "idiotas útiles" que deben ser "puestos en vereda" por los padres, incitando a la mentira al hablar de "probables daños a la propiedad".
Los alumnos, recordamos, y nada de eso dice el comunicado, resolvieron la toma del Colegio CON CLASES.La decisión de no dar clases es de la rectora.-
10.- Es también falso que existe un apoyo incondicional de la mayoría de docentes y personal no docente a la sanción, ya que no se ha permitido que los docentes y los no docentes escuchen los argumentos de los alumnos sancionados, de los padres de los alumnos sancionados y del Centro de Estudiantes.
11.- Para que exista el diálogo que se reclama en el comunicado, es necesario que alguien le diga a la Rectora que resulta imposible el mismo si no se cita a cada padre de alumno sancionado, o a cada alumno sancionado, ya que nunca habrá diálogo cuando una de las partes (autoridades) ni siquiera convoca o comunica a los padres de qué se acusa al alumno.-
Con toda la voluntad de encontrar una solución en el marco de la justicia.
Pablo Llonto
DNI 13.859.152
Amancio Alcorta 1790 B, Barracas.Capital (3/10/09)
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